El decreto 33-2020, que entró en vigencia el 3 de abril y que contempla medidas fiscales a ciertos sectores de la economía afectados por las disposiciones del gobierno ante la pandemia del covid-19, no beneficia a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Mipyme), según el empresario hondureño Daniel Fortín, especialista en impuestos.

De acuerdo con el artículo 2, del decreto 33-2020, los obligados tributarios, categorizados como pequeños y medianos contribuyentes, podrán gozar de un descuento del 8.5 por ciento en el Impuesto Sobre la Renta a pagar del periodo fiscal 2019, siempre y cuando realicen el pago antes del 30 de abril de este año.

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"El 8.5 por ciento de descuento por pronto pago del ISR queda como lo interpretó el SAR. Una vez más, tema discrecional, no nos queda más a los micros, pequeños y medianos contribuyentes que agachar la cabeza", publicó Fortín, en su cuenta en Twitter.

https://twitter.com/dfortinv/status/1254208071355826179

"Con relación al Decreto 33-2020, no hay ningún Alivio Fiscal, nada", agregó en otro tuit.

https://twitter.com/dfortinv/status/1254215143204012033

De acuerdo con el Sistema de Administración de Rentas (SAR), el beneficio se otorgará a los pequeños y medianos contribuyentes, siempre y cuando realicen el pago antes del 30 de abril de 2020.

Y, para los pequeños y medianos empresarios, se ha otorgado prórroga hasta junio de 2020 para cumplir con el pago del Impuesto Sobre la Renta como parte de las medidas de alivio aprobadas por el gobierno para el sector productivo, ante la emergencia nacional por el covid-19.

El impuesto que se va a pagar al 30 de abril "es el impuesto determinado después de haber aplicado los pagos a cuenta y las retenciones de las que haya sido objeto el contribuyente”, por lo que, “el valor que va a pagar el obligado tributario es sobre lo que está pendiente de pago y es justo sobre ese valor que se va a aplicar el 8.5 por ciento de descuento", explicó la jefe del departamento de Recaudación del SAR, María Isabel Maradiaga.